PROCESO DE DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIO DE CUMPLIMIENTO
1.1 ENLACES DE INTERÉS
- Portal del Registro: https://apnfd.cnbs.gob.hn/
- Tutorial Designación: http://urmoprelaft.cnbs.gob.hn/?page_id=953
- Tutorial Creación Usuario FC: https://urmoprelaft.cnbs.gob.hn/video-tutoriales-cumplimiento/
1.2 REQUISITOS A PRESENTAR
*Art. 5, 8 y 9 Reglamento de la Ley para la Regulación de Actividades y Profesiones No Financieras Designadas.
- Hoja de Vida
- Antecedentes Penales (Vigentes)
- Acta de Nombramiento
- Perfil de Puesto
- Documento de identificación nacional (DNI)
1.3 CONSIDERACIONES
- La Designación se realiza con el usuario de registro.
- Cuando el Sujeto Obligado sea una persona natural, comerciante individual o ejerza una profesión designada, el mismo tendrá la responsabilidad de las funciones de Cumplimiento, por lo que este paso es automático y podrá pasar a la remisión del programa de cumplimiento.
- El Sujeto Obligado debe presentar por escrito a la URMOPRELAFT las limitaciones, debidamente justificadas que le impiden designar un Funcionario de Cumplimiento. en caso de ser aprobada, será el Gerente, Propietario o Profesional quien asumirá las funciones y responsabilidades del Funcionario de Cumplimiento. (Siempre vía Plataforma APNFD).